Un juez de la Cámara Federal de Casación le dio la razón a uno de los fiscales federales de la provincia en el enfrentamiento que mantiene con otro de los fiscales, quien lo había recusado por “enemistad manifiesta”. Y advirtió que esta cuestión debe ser resuelta por la Procuraduría (superior a ambos) y no por la Judicatura.
La situación que analizó el camarista Javier Carbajo involucra al fiscal federal general Antonio Gustavo Gómez y al titular de la fiscalía federal N° 1, Carlos Brito. En diversas causas en las que ambos intervinieron, Brito aseguró que “la declaración de enemistad manifiesta resulta en la pérdida de objetividad que debe observar el Dr. Gómez en su función. Carece de objetividad, equilibrio y ejercicio racional”.
A partir de este enfrentamiento, fueron varias las causas en las que Brito recusó a Gómez. El fiscal federal general respondió que “no existen intereses ni conflictos personales contrapuestos que graviten sobre el principio de objetividad”. “Los argumentos expuestos dejan en evidencia que el planteo recusatorio carece de soporte fáctico y jurídico. La pretensión del recusante se limitó a ensayar un planteo con apariencia de razonable para apartarme, cuando a todas luces, la petición es una muestra clara de un voluntarismo extremo”, aseguró Gómez.
Pero la situación obligó a la intervención de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, que consideró el enfrentamiento de “gravedad institucional”, por lo que decidieron poner en conocimiento de la Procuraduría General de la Nación lo sucedido y solicitar que se tomen las medidas pertinentes para intentar solucionarlo. Ante esto, Gómez interpuso un recurso de Casación, que fue denegado por la Cámara, y luego un recurso de Queja que fue admitido por la Cámara Federal de Casación Penal en dos de las causas que habían sido objetadas por Brito. Y en ambas el juez Carbajo llegó a la misma resolución y decidió hacer lugar al recurso de Casación interpuesto por Gómez. Carbajo analizó: “la controversia en estudio se ha originado entre dos miembros del mismo órgano constitucional”. “Fue el fiscal Carlos Brito quien inició este trámite, alegando una posible “esterilización” de la vía de apelación intentada, por una pretensa falta de objetividad del fiscal general Antonio Gómez, todo lo cual hacía presumir que podría desistir del recurso intentado”, agregó. “Hay que remarcar - dijo el camarista- que, conforme a la Constitución Nacional, el Ministerio Público posee los caracteres de independencia y autonomía funcional. Su organización es jerárquica y en añadidura, aquellas cuestiones que sus miembros denuncien, con motivo de perturbaciones que afecten el ejercicio de sus funciones provenientes de poderes públicos, deben sustanciarse ante el Procurador General de la Nación”. “Por lo tanto, estimo que no es a la judicatura, en el marco de un trámite de recusación, a quien compete resolver el conflicto suscitado entre los fiscales Brito y Gómez, sino al superior jerárquico de ambos”, indicó. Y luego resolvió: “hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el fiscal general Antonio Gustavo Brito, revocar la resolución recurrida y reenviar las actuaciones al tribunal de procedencia para que continúe la sustanciación de la causa. II. Hacer saber al Procurador General de la Nación lo aquí resuelto, a los fines que estime pertinentes”.
Las discrepancias entre Gómez y Brito involucran además causas complicadas, como la de la UNT, minera La Alumbrera y casos de narcotráfico también. Ahora será la Cámara de Apelaciones de Tucumán la que debe decidir si da intervención de nuevo al fiscal Gómez para que entienda en esas causas, Y queda pendiente una resolución del procurador general de la Nación, Eduardo Casal, acerca de qué determinación tomará con respecto a la disputa entre ambos fiscales.